LA OFICINA DE GÉNERO MUNICIPAL SE HACE ECO DE LAS NUEVAS DISPOSICIONES LEGALES SOBRE EL DELITO DE VIOLENCIA DE GÉNERO

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La Oficina de Género dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano brinda información sobre el delito de “Pornovenganza”, una modalidad referida a la acción de difundir o publicar imágenes de  contenido sexual explícito de una pareja o ex-pareja.

Tras conocerse el fallo histórico en la provincia de La Rioja en el que la justicia condenó a cinco años de prisión por «Pornovenganza» al tatuador Patricio Poli por difundir videos sexuales de su expareja tras terminar la relación amorosa.

En este sentido, la coordinadora del área, Belén Benac, indicó que el municipio pone a disposición los servicios del gabinete interdisciplinario para brindar asesoramiento legal y contención psicológica a quienes son víctimas de esta modalidad delictiva que se encuentra en auge.

“Desde el área nos resulta sumamente necesario destacar este tipo de noticias y avances, que nos muestran que la lucha por la igualdad de derechos está vigente y que esto continua”, destacó, Benac.

El término Revenge Porn o Pornovenganza proviene de la alocución inglesa que se refiere a la acción de difundir o publicar imágenes (fotos o audiovisuales) de contenido sexual explícito de una pareja o ex-pareja. Este material pudo producirse en el mayor de los casos de manera voluntaria, aunque también sin conocimiento de la víctima. La figura original de Revenge Porn o Pornovenganza presenta como elemento esencial el deseo de “venganza”, entendido como la intención manifiesta de realizar un daño directo; el victimario es una pareja o ex pareja que originariamente en la figura -y así es en el 99 % de los casos-, tiene como víctima a una mujer.

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